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Preguntas frecuentes sobre programaciones didácticas LOMLOE en oposiciones

Dudas reales que se repiten cada convocatoria: número de unidades, extensión, originalidad, modelos antiguos, encargo profesional. Respuestas claras.

Preguntas frecuentes sobre programaciones didácticas LOMLOE en oposiciones
KatiaKatia27 de septiembre de 2020

Cada convocatoria llega con la misma colección de dudas, formuladas por opositores distintos pero idénticas en lo esencial. Cuántas unidades didácticas hay que incluir, qué extensión es la habitual, si se puede reutilizar una PD antigua, si se puede encargar y declararla como elaboración propia, qué pasa si cambian las bases a última hora.

Algunas de esas preguntas tienen respuesta clara en la normativa. Otras dependen de la convocatoria autonómica concreta. Otras son zonas grises donde lo importante es entender el riesgo antes de tomar una decisión.

Este artículo agrupa las preguntas más frecuentes con respuestas precisas, no genéricas. Si tu duda no aparece aquí, probablemente conozcas a alguien que sí se la ha hecho.

¿Cuántas unidades didácticas o situaciones de aprendizaje debe tener mi PD?

No hay un número fijo en la normativa estatal. El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, que regula el ingreso en los cuerpos docentes, no establece un número mínimo ni máximo de unidades.

Las convocatorias autonómicas sí lo concretan. La cifra más habitual oscila entre 12 y 15 unidades didácticas o situaciones de aprendizaje. Algunas comunidades fijan un mínimo (por ejemplo, no menos de 12) y otras un número exacto.

La consulta obligada está en la convocatoria de tu CCAA y, dentro de ella, en la base que regula la PD. Lee literalmente lo que pide. Cumplir el número es un requisito formal: si la convocatoria pide 12 y entregas 10, la PD puede no ser valorada.

Como regla práctica, presentar el número exigido es lo correcto. Inflar artificialmente el número (entregar 18 cuando piden 12) no aporta y suele restar calidad: cuanto más numerosas, más superficiales tienden a ser las SA.

¿Qué extensión es la más habitual?

La extensión la fija siempre la convocatoria autonómica. Las cifras habituales:

  • Entre 60 y 80 páginas en la mayoría de convocatorias, contando solo el cuerpo del documento (sin anexos).
  • Hasta 100 páginas con anexos en algunas convocatorias.
  • Por caracteres en algunas comunidades, con límites del orden de 100.000 a 200.000 caracteres con espacios.

Hay convocatorias que añaden requisitos de tipografía (Arial 12 o Times New Roman 12 son habituales), interlineado (1,5 normalmente) y márgenes (2,5 cm a cada lado normalmente).

Pasarse del límite de extensión es un incumplimiento formal grave. En algunas convocatorias, la PD que excede la extensión no se valora.

Quedarse claramente por debajo (40 páginas cuando se permiten 80) tampoco es buena estrategia: el tribunal interpreta que la PD es ligera. La extensión razonable es la que aprovecha el límite sin agotarlo y mantiene densidad técnica en cada página.

¿Puedo usar modelos anteriores a la LOMLOE?

Como referencia estructural, sí. Como base normativa o curricular, no.

Una PD anterior a 2022 (cuando se publicaron los reales decretos de currículo LOMLOE) es, por definición, LOMCE. Reutilizarla sin reescribirla en clave LOMLOE es un error grave:

  • Los estándares de aprendizaje evaluables ya no existen como referente. Se han sustituido por los criterios de evaluación.
  • Los bloques de contenido se han sustituido por los saberes básicos, que se organizan de forma distinta.
  • La lógica competencial ha cambiado: las situaciones de aprendizaje son el eje del modelo.
  • Las referencias normativas son distintas: LOE/LOMCE versus LOMLOE.

Una PD LOMCE adaptada a LOMLOE de forma superficial (cambiando solo las citas normativas) sigue siendo, en su lógica interna, una PD del modelo anterior. El tribunal lo detecta inmediatamente. Recogemos los errores normativos más graves en Los 7 errores que pueden invalidar tu programación didáctica en oposiciones.

La estructura general (índice, apartados, organización del documento) sí puede inspirarse en modelos anteriores. Pero el contenido debe redactarse en clave LOMLOE.

¿Puedo repetir mi PD si ya me presenté otros años?

Depende de varias variables.

Si tu PD anterior era LOMCE y han pasado más de tres años: la respuesta práctica es no. Aunque actualices las citas normativas, la lógica interna del documento es del modelo anterior y se nota.

Si tu PD anterior era LOMLOE y la presentaste en una convocatoria anterior: puedes reutilizarla, pero conviene verificar que:

  • La normativa autonómica vigente no haya cambiado significativamente.
  • La convocatoria actual mantenga los mismos requisitos formales (extensión, número de UD/SA, formato).
  • Los criterios de evaluación y los saberes básicos sigan siendo los mismos en el decreto autonómico.
  • Tu contextualización sigue siendo verosímil.

Hay un riesgo adicional: si presentaste la PD a un tribunal de tu CCAA y vuelves a presentarte en la misma comunidad, podrías coincidir con miembros del tribunal anteriores. No es frecuente, pero conviene tenerlo en cuenta.

Reutilizar una PD propia no es ilegal. Reutilizar literalmente una PD que se ha vendido a otros opositores sí puede serlo, según la convocatoria.

¿Puedo encargar la PD y declararla como elaboración propia?

Aquí entra la zona más delicada de la normativa.

La Resolución de 27 de diciembre de 2024 (BOE-A-2024-27552), del ámbito MEFP, establece que la programación didáctica debe ser elaborada de forma individual. La Orden de 21 de febrero de 2025 (BOJA nº 38/2025) que regula el procedimiento selectivo en Andalucía señala expresamente que se invalidará la programación que no sea de elaboración propia, y prevé el uso de software para verificar la originalidad.

La pregunta tiene dos respuestas según el tipo de encargo:

PD comprada de catálogo (vendida a varios opositores). No. Es un riesgo legal y técnico. La detección de duplicidades por software es trivial y la consecuencia es la invalidación.

PD redactada exclusivamente para ti, sobre la base de tus decisiones, con tu seguimiento y supervisión. Es elaboración individual delegada en un colaborador técnico, comparable a cualquier proceso editorial profesional. La elaboración es individual porque tú tomas las decisiones y supervisas el proceso, aunque la redacción técnica la haga un especialista. Lo desarrollamos en Cómo delegar tu programación didáctica LOMLOE sin arriesgar la plaza.

La diferencia clave es la unicidad del documento. Si tu PD es única (no se ha vendido ni se vende a otro), la elaboración delegada es legítima. Si tu PD es uno de muchos ejemplares idénticos, no.

¿Qué hago si cambian la convocatoria a última hora?

Las convocatorias pueden modificarse por correcciones de errores publicadas en boletín oficial. Suelen ser cambios menores (fechas, formatos, anexos). Cuando el cambio afecta a la PD, las opciones son:

1. Cambios formales menores (extensión, formato, número de unidades). Ajustar la PD en los días disponibles. Suele ser viable si la PD está bien construida y solo hay que recortar, ampliar o reformatear.

2. Cambios estructurales (apartados nuevos exigidos, modificación de la matriz competencial). Reescritura parcial. El plazo y la disponibilidad determinan si es asumible.

3. Cambios normativos profundos (publicación de un nuevo decreto autonómico de currículo). Reescritura sustancial o, en algunos casos, redacción nueva. Es la situación más grave y, afortunadamente, infrecuente entre la publicación de la convocatoria y la entrega.

La estrategia preventiva es trabajar la PD con la convocatoria del año anterior como referencia y mantener un margen de tiempo en las semanas previas a la entrega para absorber cambios formales menores. Si tu PD se entrega justo en plazo, sin margen, cualquier cambio de última hora te deja sin opciones.

¿Puedo presentar la misma PD en distintas CCAA?

No es recomendable. Cada CCAA tiene su propio decreto autonómico de currículo, su propia normativa de inclusión, sus propios procedimientos de evaluación y su propia convocatoria con requisitos formales específicos.

Una PD presentada en distintas CCAA tendría que adaptarse a cada una de ellas. Las modificaciones afectan al menos a:

  • Cita del decreto autonómico vigente.
  • Matriz competencial (las competencias específicas, criterios y saberes pueden variar entre CCAA).
  • Distribución horaria (depende de la regulación autonómica).
  • Atención a la diversidad (la normativa autonómica es específica).
  • Procedimientos de evaluación y promoción.
  • Requisitos formales de la convocatoria.

En la práctica, presentar la misma PD en dos CCAA implica reescribirla para cada una. No es imposible, pero requiere casi tanto trabajo como redactar dos PD distintas.

¿Tengo que presentar también la unidad didáctica que voy a defender?

La unidad didáctica que defiendes oralmente es una de las que están incluidas en tu programación. El Real Decreto 276/2007 lo establece así: la UD a defender se extrae del listado de unidades de la PD presentada.

La elección de la unidad concreta puede hacerse:

  • Por sorteo en el momento de la defensa (el opositor elige entre varias extraídas al azar).
  • Libremente por el opositor en el momento de la defensa.
  • Anunciada con antelación.

Depende de la convocatoria. Verifícalo antes de elegir qué unidades incluir en tu PD: si la elección es por sorteo, todas tus UD deben ser igualmente defendibles, no solo la que tienes preferencia por defender.

¿Qué hago si tengo dudas concretas sobre mi convocatoria?

Las dudas específicas (de tu CCAA, tu especialidad, tu convocatoria concreta) no se resuelven con respuestas genéricas. La fuente fiable es:

  • El texto literal de la convocatoria. Léela varias veces. Subraya. Anota dudas.
  • Las consultas oficiales a la consejería. La mayoría de consejerías tienen un canal de consultas durante el proceso selectivo.
  • Los foros y grupos de opositores. Útiles para identificar dudas comunes, pero verifica siempre con la fuente normativa antes de actuar.
  • Un asesor especializado. Cuando la duda afecta a una decisión estratégica importante.

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